Buenos días amigos lectores!
Hoy día 19 de Noviembre tenemos un nuevo trabajo, el de definir percepción y observar las diferentes leyes de la percepción que podemos encontrar en diferentes anuncios publicitarios.
Hoy día 19 de Noviembre tenemos un nuevo trabajo, el de definir percepción y observar las diferentes leyes de la percepción que podemos encontrar en diferentes anuncios publicitarios.
La percepción obedece a los estímulos cerebrales logrados a través de los 5 sentidos, vista, olfato, tacto, auditivo, gusto, los cuales dan una realidad física del medio ambiente la cual podemos interpretar de una manera o de otra dependiendo de la persona y de el momento en que se encuentre esa pesona.
Existen diferentes leyes de la percepción entre las que se encuentran:
Ley de semejanza: En el plano de la lógica de lo visual, la analogía se presenta de manera evidente y sin que puedan darse, en muchas ocasiones, razones para evitarla o fomentarla: las cosas se parecen entre sí, y su parecido salta a nuestros ojos, sin que el juicio pueda ejercer presión alguna sobre el sentido de la vista.
Ley de proximidad:Nuestra percepción tiende a asociar los elementos que se encuentran cerca y a considerarlos como un grupo.
Ley de figura-fondo: Figura, es un elemento que existe en un espacio o “campo” destacándose en su interrelación con otros elementos.
Fondo: Todo aquello que no es figura, es la parte del campo que contiene elementos interrelacionados que sostienen a la figura que por su contraste tienden a desaparecer.
Fondo: Todo aquello que no es figura, es la parte del campo que contiene elementos interrelacionados que sostienen a la figura que por su contraste tienden a desaparecer.
Ley de cierre: Esta ley demuestra la tendéncia de las personas a percibir de manera completa las figuras.
Ley de continuidad: La mente continúa un patrón, aun después de que el mismo
desaparezca.
Aquellos elementos que tienen la misma dirección se perciben
de forma seguida, manteniendo la misma dirección del objeto
o del estímulo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario